¿Visa para Costa Rica? Venezolanos pueden viajar así desde este #21Feb
La visa por turismo, tránsito, negocios o actividades profesionales exigida a los venezolanos por Costa Rica tendrá validez para un único ingreso al país centroamericano, por lo que deberán tramitar la autorización cada vez que pretendan ingresar a suelo costarricense. Pero hay excepciones. Si quieres saber cómo tramitarla desde Venezuela o desde los consulados costarricenses en el exterior, ¡toma nota!
A partir de este lunes 21 de febrero, Costa Rica exige visa a los venezolanos para ingresar a su territorio por turismo, tránsito, negocios o actividades profesionales. El Gobierno de Carlos Alvarado Quesada sostuvo que la nueva exigencia se adelanta “bajo los principios del Pacto Mundial para una migración ordenada, segura, regular y sobre todo digna”.
La resolución publicada en La Gaceta Diario Oficial el jueves 17 de febrero establece que la visa permitirá a los venezolanos permanecer 30 días en territorio costarricense contados a partir de su ingreso, prorrogables hasta 90 días, publicó El Pitazo.
Aún más: el documento de viaje tendrá validez para un único ingreso a Costa Rica, por lo que caducará una vez que sea utilizada. En otras palabras, los venezolanos deberán tramitar la autorización cada vez que pretendan ingresar a suelo costarricense. Pero hay excepciones.
¿Qué venezolanos NO necesitan visa para entrar a Costa Rica?
Venezolanos que posean visa vigente de entradas múltiples (visa de turismo, visa de tripulante o visa de negocios) de:
- Estados Unidos (exclusivamente visa tipo B1-B2, B1 o B2, visa tipo D, C1/D de múltiples ingresos)
- Canadá
Venezolanos con residencia permanente legal mínima de 6 meses en:
- Estados Unidos
- Canadá
- Reino Unido
- Suiza
- Inglaterra
- Gales
- Escocia
- Irlanda del Norte
- Países de la Unión Europea
- Venezolanos con residencia legal en Costa Rica
¿Dónde deben los venezolanos solicitar visa?
- Los venezolanos en el exterior podrán solicitar visa por razones de turismo en el consulado de Costa Rica acreditado en su país de residencia.
- Ante la inexistencia de consulado costarricense en Venezuela, las personas deben solicitar una visa consultada o excepcional por razones de turismo ante un tercer consulado de Costa Rica acreditado en el exterior, es decir, en un tercer país, estableció el Diario Oficial La Gaceta mediante otra resolución de fecha 18 de febrero. Aún no queda claro si el país centroamericano designará el consulado que asistirá a los venezolanos, si se podrá realizar en el consulado costarricense más cercano al país o en el que escoja el solicitante para realizar el trámite.
¿Cómo tramitar la visa? ¿Cuáles son los requisitos?
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Para tramitar la visa desde el país donde residan, los venezolanos deberán acudir a los consulados costarricenses acreditados en el exterior. En el caso de residir en Venezuela, deberán remitir un correo electrónico (que se establecerá para ello) con los requisitos en un archivo PDF de no más de 19 megas. En ambos casos, los requisitos son los siguientes
1. Solicitud dirigida al Cónsul de Costa Rica en la que se incluya la siguiente información del solicitante:
- Nombre completo y apellidos
- Nacionalidad
- Número de pasaporte
- Lugar de residencia
- Motivo del viaje
- Tiempo previsto de permanencia en Costa Rica
- Lugar y fecha aproximada de llegada y salida de Costa Rica
- Profesión u oficio
- Dirección exacta del lugar donde va a permanecer en Costa Rica
- Fecha y lugar de nacimiento del interesado
- Correo electrónico para recibir notificaciones. (que no sea Hotmail, ya que la Dirección General de Migración de Costa Rica no recibe estos correos, recomendó Laura Chavarría, abogada especialista en migración)
- Fecha
- Firma
2. Pasaporte y su correspondiente prórroga hasta con un día de vigencia, de acuerdo con la resolución N° AJ-060-04-2019-JM de fecha 29 de abril de 2019.
3. Reserva tentativa del boleto o pasaje de regreso o de continuación del viaje a efectos de comprobar los motivos del viaje y las condiciones de turismo.
4. Demostración de la solvencia económica del solicitante.
5. Demostración de la solvencia económica del solicitado.
6. Certificación de antecedentes penales debidamente legalizada y apostillada
7. Certificación de nacimiento, debidamente legalizada y apostillada
8. El Cónsul o en su defecto la Dirección General de Migración, podrá solicitar de ser necesario, documentos adicionales que sean emitidos en el país de origen del solicitante, siempre que su presentación sea fundamental para el análisis en el otorgamiento de la visa.
¿Dónde obtener los certificados de antecedentes penales y de nacimiento apostillados?
La Embajada del gobierno interino de Juan Guaidó en Costa Rica informó que habilitará en su página web una pestaña mediante la cual, de manera digital, los venezolanos podrán solicitar una certificación consular, que sustituye a la apostilla, que permite dar validez y autenticidad a estos dos documentos, conforme a las exigencias del gobierno costarricense.
Ambos documentos deben estar previamente legalizados en Venezuela. El trámite será gratuito, afirmó María Faría, representante de la legación diplomática.
¿Cómo solicitar la visa por reunificación familiar?
El decreto de fecha 18 de febrero indica que los venezolanos podrán realizar las solicitudes de la visa por reunificación familiar o las que sean solicitadas por las empresas e instituciones registradas ante la Dirección General de Migración y Extranjería ante la Unidad de Visas de la Dirección General de Migración y Extranjería, ubicada en San José de Costa Rica.
La visa por reunificación familiar está disponible para padres adultos mayores o hijos menores de edad o mayores con discapacidad debidamente comprobada y cónyuge, de personas costarricenses o extranjeras residentes permanentes o temporales en Costa Rica con domicilio en el territorio nacional.
El gobierno de Costa Rica asegura que en el caso de las solicitudes de visas por reunificación familiar que presenten las personas extranjeras residentes legalmente en el país serán atendidas con prioridad de acuerdo a la posibilidad y capacidad de la Unidad de Visas.
¿Cómo tramitar una visa de emergencia?
En caso de emergencia o fuerza mayor, los venezolanos podrán tramitar una visa desde el consulado de Costa Rica en el país donde residan, «siempre sujeto a la capacidad y verificación previa de los cónsules», advierte la resolución de fecha 18 de febrero.
¿En qué casos puede solicitarse una visa de emergencia?
- En casos de estado de salud grave de un familiar en primer grado de consanguinidad que se encuentre en Costa Rica.
- Fallecimiento de un familiar en primer grado de consanguinidad que se encuentre en Costa Rica.
- Asuntos de interés público.
La resolución señala que los solicitantes deberán demostrar cada caso mediante dictamen médico certificado.
¿Cuánto demora la autorización de la visa?
Recibida la documentación, el Gobierno de Costa Rica dará a los solicitantes de visa una respuesta a su solicitud en un plazo máximo de 30 días. En caso de autorizarse la visa de ingreso, los venezolanos residenciados en el extranjero deberán presentarse al consulado que conoció la solicitud para que se estampe la visa respectiva.
En el caso de los residentes en Venezuela, aún no queda claro si deberán necesariamente presentarse al consulado que conoció la solicitud para que se estampe la visa respectiva o enviar por un servicio de courier el pasaporte para el estampado de la visa al consulado, en caso de autorización.
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